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    Auto Supremo AS/0355/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0355/2015-RA

    Fecha: 05-Jun-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 6 de febrero de 2015, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados interpusieron recurso de apelación restringida (fs
    • c) Notificados los recurrentes con el Auto de Vista impugnado, el 30 de enero de
    • De los argumentos venidos en casación, se extraen los siguientes motivos
    • 3) El Tribunal de alzada, con relación a la denuncia de carencia de una fundamentación
    • 4) Con relación a la denuncia que la Sentencia se basó en hechos inexistentes o
    • En calidad de precedente, señala el Auto Supremo 098/2013 de 15 de abril
    • 5) Con relación a que en la Sentencia no se acreditó la fecha de la
    • Como precedente contradictorio, señala los Autos Supremos 183 de 6 de febrero de 2007 y
    • El art
    • En este contexto, el art
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • Conforme a lo normado en el art
    • Seguidamente, corresponde verificar si cumplió con los demás requisitos plasmados en los arts
    • En ese contexto, en cuanto al primer y segundo motivos, relativos a las razones en
    • Ahora bien, situación distinta se presenta en el tercer motivo de casación, en el que
    • En relación al cuarto motivo de casación, aduce que con relación a la denuncia de
    • Por último, con relación al quinto motivo de casación, en el que aducen que el
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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