No se valoró ni fundamentó que la Sentencia incurre en errores de hecho y de
No se valoró ni fundamentó que la Sentencia incurre en errores de hecho y de derecho al valorar las instituciones y las pruebas de la demanda referente a los hechos probados y especificando el detalle de las pruebas, la valoración para declarar los hechos probados y no probados, la justificación de la decisión carece de legalidad, lógica y sindéresis siendo un fallo contradictorio, que vulnera los arts. 1283 y 1286 del Código Civil y 476 de su procedimiento, sin haberse pronunciado sobre las observaciones del recurrente, vulnerando el debido proceso, sin referirse sobre los agravios expuestos en el recurso de apelación
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- No se valoró ni fundamentó que la Sentencia incurre en errores de hecho y de
- Señala que tampoco se ha pronunciado el Auto de Vista, respecto al reclamo de la
- Señala que el Auto de Vista incurre en la causal de casación en el fondo
- Por lo que peticiona que sobre el recurso en la forma se disponga la anulación
- CONSIDERANDO III
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Ahora la modificación legislativa establecida por el Constituyente incorpora a nuestro sistema legal el nuevo
- Corresponde señalar que el Auto de Vista emitido en el sub lite data de 19
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
