VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 108 y vta., interpuesto por José Luis Payi Chambi en representación legal de empresa Plástica 2000 S.R.L., contra el Auto de Vista Nº 252/2010 de 30 de noviembre, cursante a fs. 101 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso Laboral por Pago de Beneficios Sociales y Derechos Laborales que sigue Elyacer Vicente Mamani Chambi contra la Empresa hoy recurrente de casación; la respuesta al recurso, cursante a fs. 114 y vta.; el Auto Nº 012/2011 de 13 de enero de 2011 a fs. 116, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1. Sentencia
Que, interpuesta la demanda por Pago de Beneficios Sociales y Derechos Laborales y tramitada la misma, la Juez de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de El Alto, emitió la Sentencia N° 46/2004 de 09 de junio, cursante de fs. 58 a 59 vta., declarando probada en parte la demanda de fs. 42 a 44 vta., ordenando a la Empresa demandada, a través de su representante legal, cancelar a favor del actor la suma total de Bs.4.657,50.-, por concepto de indemnización, desahucio, sueldos devengados, aguinaldo duodécimas, horas extras doble. Todo conforme al detalle que la misma Sentencia refiere
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 108 y vta., interpuesto por José Luis Payi Chambi en representación legal de empresa Plástica 2000 S.R.L., contra el Auto de Vista Nº 252/2010 de 30 de noviembre, cursante a fs. 101 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso Laboral por Pago de Beneficios Sociales y Derechos Laborales que sigue Elyacer Vicente Mamani Chambi contra la Empresa hoy recurrente de casación; la respuesta al recurso, cursante a fs. 114 y vta.; el Auto Nº 012/2011 de 13 de enero de 2011 a fs. 116, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1. Sentencia
Que, interpuesta la demanda por Pago de Beneficios Sociales y Derechos Laborales y tramitada la misma, la Juez de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de El Alto, emitió la Sentencia N° 46/2004 de 09 de junio, cursante de fs. 58 a 59 vta., declarando probada en parte la demanda de fs. 42 a 44 vta., ordenando a la Empresa demandada, a través de su representante legal, cancelar a favor del actor la suma total de Bs.4.657,50.-, por concepto de indemnización, desahucio, sueldos devengados, aguinaldo duodécimas, horas extras doble. Todo conforme al detalle que la misma Sentencia refiere
- Demandada: Empresa Plástica 2000 S.R.L
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por David Salas Canedo en su condición Gerente General de
- Que, se presentó a consideración del Tribunal de Alzada la documentación pertinente que demuestra fehacientemente
- Que, se probó que el trabajador jamás fue despido de su fuente laboral, sino que
- Que, así formulado el recurso de casación, revisados los antecedentes de la causa y considerando
- Es oportuno recordar que, de los datos del proceso se tiene que de acuerdo al
- Por lo expuesto, se concluye que no existen fundamentos validos que permitan a este Tribunal
- Por otra parte, en relación a la causal de desvinculación laboral determinada por los jueces
- En el caso de autos, de la revisión de las documentales que informan el proceso,
- En ese sentido, se tienen las presunciones que rigen en materia laboral, toda vez que,
- Consiguientemente, se establece que el Tribunal ad quem, actuó acertadamente en el falo recurrido, observando
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario del abogado del demandante en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
