Interpuesto el recurso de apelación por la apoderada de Emma Vargas Rojas (fs
I.3 Auto de Vista
Interpuesto el recurso de apelación por la apoderada de Emma Vargas Rojas (fs. 212 a 213), la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista No 11/2014 de 3 de febrero (fs. 221 y vta.), anula la Resolución Administrativa No 00369/2013 de 31 de mayo, disponiendo que el SENASIR pronuncie nueva resolución en el marco de los argumentos contenidos en la resolución de apelación
Interpuesto el recurso de apelación por la apoderada de Emma Vargas Rojas (fs. 212 a 213), la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista No 11/2014 de 3 de febrero (fs. 221 y vta.), anula la Resolución Administrativa No 00369/2013 de 31 de mayo, disponiendo que el SENASIR pronuncie nueva resolución en el marco de los argumentos contenidos en la resolución de apelación
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Por memorial de fs
- Concedido el recurso, la Comisión de Reclamación, mediante Resolución 00369/2013 de 31 de mayo, confirma
- Interpuesto el recurso de apelación por la apoderada de Emma Vargas Rojas (fs
- Contra el Auto de Vista, Juan Edwin Mercado Claros en representación del SENASIR, por memorial
- Indica que, no corresponde la certificación de los periodos 09/71 a 12/83 al evidenciarse por
- Manifiesta, que la infundada validación de los documentos alegados por el Tribunal ad quem, no
- Denuncia que, el Tribunal ad quem no se pronuncia sobre la calificación de los periodos
- Finaliza el recurso, solicitando el Tribunal Supremo de Justicia dicte Auto Supremo, casando el Auto
- CONSIDERANDO II
- En el contexto señalado, la jurisprudencia sentada por este Tribunal Supremo, estableció que el recurso
- Por otra parte, los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma",
- En la especie, la entidad recurrente no tomó en cuenta que el auto de
- En consecuencia, al no haber cumplido la entidad recurrente con la carga legal prevista en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
