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    Auto Supremo AS/0403/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0403/2015-RA

    Fecha: 17-Jun-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 23 de enero de 2015, que cursan de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la referida Sentencia, los imputados Nemecia Castellón Calle (fs
    • c) Notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista el 16 de enero de
    • De los memoriales de fs
    • 1) Como primer agravio, la recurrente previa relación de antecedentes fácticos y procesales que concluyeron
    • 2) Por otro lado, reclama que la Resolución ahora recurrida, vulneró el principio de congruencia;
    • Sobre los referidos agravios, la recurrente señala, que el Auto de Vista recurrido vulneró su
    • II.2 Recurso de casación de Arsenio Laura Rojas
    • El recurrente, haciendo una relación de antecedentes procesales que concluyeron con la emisión del Auto
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
    • V.1 Del recurso de casación de Nemecia Castellón Calle
    • En los dos motivos planteados, la recurrente denuncia por una parte, que el Auto de
    • V.2 Del recurso de casación de Arsenio Laura Rojas
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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