Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación cursante de fs
En ese sentido, mal podría este Tribunal casar un Auto de Vista sin que el recurrente haya acusado infracción legal, por cuanto no tendría la posibilidad de aplicar ninguna norma y de hacerlo estaría expidiéndose una resolución ultra petita y casando de oficio, lo que resulta ajeno a sus competencias.
Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación cursante de fs. 148 a 149, conforme a las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.1 y 272.2 del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT
Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación cursante de fs. 148 a 149, conforme a las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.1 y 272.2 del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT
- CONSIDERANDO I
- Dicha resolución fue recurrida en apelación por Luis Wilson Yañiquez Castillo apoderado legal de Fausta
- El mencionado Auto de Vista originó que la Empresa demandada formule recurso de casación en
- Señaló el art
- Indicó también que, los testigos de cargo señalaron de manera clara y objetiva, que el
- CONSIDERANDO II
- Así también, el recurso de casación en el fondo, debe fundarse en errores in judicando,
- Asimismo, cabe recordar que conforme al art
- Bajo este contexto, se advierte que el recurso de casación propuesto, no cumple con las
- Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación cursante de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario profesional del abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
