Auto Supremo AS/0414/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0414/2015

Fecha: 15-Jun-2015

Correspondiendo señalar que la Juez A quo a momento de fijar los puntos de hecho

Correspondiendo señalar que la Juez A quo a momento de fijar los puntos de hecho a probar, estableció que las partes debieran de probar entre otros el tiempo de servicios; posteriormente la Sentencia de primer grado (fs. 211 a 220) concluyó afirmando respecto a este punto que, conforme se desprende de los contratos de prestación de servicios cursantes de fs. 13 a 14, la fecha de inicio de la relación laboral seria el 23 de mayo de 2007, y que, si bien el actor afirmó haber prestado sus servicios por más de 14 años, empero en ningún momento comprobó lo demandado, por lo que dicho aspecto fue confirmado por el Tribunal de Alzada