Debe quedar anotado que, el principio de inversión de la prueba en la materia, no
Debe quedar anotado que, el principio de inversión de la prueba en la materia, no es absoluto, al grado que conlleve por el juzgador al reconocimiento de hechos, circunstancias y derechos sin más base que la sola petición del trabajador, que en principio está en el deber procesal de demostrar su legitimidad en base a pruebas o indicios cuando menos, que lleven al juzgador al convencimiento de que lo afirmado por el trabajador tiene visos de realidad, reconociendo así los derechos pretendidos en el marco de la Ley, sin generar un enriquecimiento sin causa; más aún si se toma en cuenta que la prueba testifical que acusa de no haber sido valorada correctamente y cursante de fs. 126 a 127 y 129 de obrados, fue tachada por el Juez A quo, al enmarcarse en lo previsto por el art. 446.4 del Código de Procedimiento Civil (CPC), decisión contra la cual no se interpuso reclamo alguno, por lo que no pueden ser valoradas
- CONSIDERANDO I
- Interpuestos los recursos de apelación por ambas partes del proceso (fs
- Dicha resolución motivó el recurso de casación de fs
- Manifestó por otro lado que, no se habría considerado que el hecho de que su
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista Nº 63/14
- Que a mérito de tales antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en el fondo,
- Ahora bien, para resolver la controversia en el recurso de casación en el fondo, previamente
- Si bien en el derecho laboral, por su naturaleza protectiva a favor del trabajador, debe
- Debe ponderarse la verdad de lo probado y por lo tanto lograr la verdad material,
- Al respecto, se evidencia que el actor en su demanda cursante de fs
- Citada que fue la parte demandada con la demanda, ésta última mediante escrito de fs
- Correspondiendo señalar que la Juez A quo a momento de fijar los puntos de hecho
- En este sentido, de la revisión de los antecedentes se evidencia que no se demostró
- Debiendo considerarse que en el caso, no existe prueba ni indicio alguno que lleve al
- Debe quedar anotado que, el principio de inversión de la prueba en la materia, no
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
