Auto Supremo AS/0477/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0477/2015

Fecha: 25-Jun-2015

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN

CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Acusa la errónea interpretación de los arts. 157 y 158 del Código de Procedimiento Civil afirma que es inviable e improcedente el embargo preventivo como asimismo la anotación preventiva por cuanto no se demanda la propiedad de un inmueble y que además no se trata de un proceso ordinario por cobro de una deuda de dinero