Auto Supremo AS/0477/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0477/2015

Fecha: 25-Jun-2015

FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Que, de la revisión de la litis, se tiene que dentro del proceso de Anulabilidad de Contrato y pago de daños y perjuicios, el Juez A quo por Auto de fecha 19 de enero de 2006 dispone el Embargo, Anotación Preventiva de la demanda y el embargo preventivo sobre los bienes inmuebles objeto de transferencia referidas en la demanda principal, también la prohibición de innovar y contratar al igual que la intervención judicial, determinaciones que fueron reclamadas mediante recurso de reposición bajo alternativa de apelación, solicitud que fue resuelta por Auto de fecha 13 de junio de 2007, manteniendo inalterable lo determinado en fecha 19 de enero de 2006, elevando el recurso de apelación en el efecto devolutivo. Motivo por el cual se Dictó el Auto de Vista de fecha 07 de enero de 2010 que revocó las medidas precautorias establecidas por el A quo