Auto Supremo: 478/2015 - L
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 478/2015 - L Sucre: 25 de junio 2015 Expediente: O-32-10-S Partes: Mario Miguez Aguilar. c/ Marina Margarita Méndez Lazcano. Proceso: Divorcio. Distrito: Oruro
Auto Supremo: 478/2015 - L Sucre: 25 de junio 2015 Expediente: O-32-10-S Partes: Mario Miguez Aguilar. c/ Marina Margarita Méndez Lazcano. Proceso: Divorcio. Distrito: Oruro
- Auto Supremo: 478/2015 - L
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Sentencia de primera instancia Marina Margarita Méndez Lazcano dentro el plazo legal
- Concedido el indicado recurso la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia
- Que, la recurrente en su recurso señala los siguientes agravios
- 2
- 3
- Del contenido del recurso de casación se evidencia que la recurrente no hace la diferencia
- Consecuentemente no se advierte que el Tribunal de segunda instancia haya incurrido en errónea valoración
- Por lo que corresponde emitir resolución en la forma establecida por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
