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    Auto Supremo AS/0129/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0129/2015-L

    Fecha: 01-Jul-2015

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    • Auto Supremo Nº 129/2015-L
    • Expediente: PDO. 507/2010
    • CONSIDERANDO I: Que luego del trámite procesal, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad
    • En grado de apelación, deducida a fs
    • El referido fallo motivó al demandado, la interposición del recurso de casación en el fondo
    • Concluyó, solicitando se case el auto de vista y modifique la liquidación
    • En el marco de la amplia jurisprudencia desarrollada por la Corte Suprema de Justicia de
    • Es necesario precisar además que, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en
    • En la especie, el recurso en todo su contexto resulta insuficiente y totalmente impreciso, no
    • Ahora bien con relación al relato intrascendente de que el tribunal de alzada, no valoró
    • Consiguientemente, los argumentos esbozados por el recurrente, carecen de la técnica recursiva, fundamentación y sustento
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • No se regula honorario profesional por no haber sido contestado el recurso de casación
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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