Auto Supremo AS/0129/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0129/2015-L

Fecha: 01-Jul-2015

POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo

Por lo expuesto, se concluye el evidente desconocimiento de la naturaleza jurídica del recurso de casación tanto en la forma como en el fondo, correspondiendo por tanto resolver, conforme disponen los arts. 271 inc.1) y 272 inc.2) del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato de la norma remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara IMPROCEDENTE el recurso deducido a fs. 57. Con costas