Auto Supremo AS/0147/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2015-L

Fecha: 10-Jul-2015

Que, contra el referido auto de vista, la entidad recurrente, interpuso recurso de nulidad

Que, contra el referido auto de vista, la entidad recurrente, interpuso recurso de nulidad de fs. 384 a 385, en el que señala lo siguiente:
Acusó que el tribunal ad quem no consideró las pruebas de descargo que demostraron que los demandantes no fueron dependientes regulares o permanentes de COTEL La Paz Ltda., consiguientemente no se encontraban en planillas, ni estaban bajo el control de asistencia o marcado de tarjetas como sucede en los casos de dependientes de la cooperativa, debido a que no existían contratos de trabajo, realizando sus actividades o servicios por comisión porcentual de la cobranza a domicilio; asimismo el Convenio Laboral de 10 de abril de 2007, establecía claramente las funciones que realizaban los demandantes, y al ser un contrato civil de conformidad al art. 519 del Código Civil, no puede sino ser modificado o extinguido por la voluntad de las mismas, por lo que no es aplicable el art. 12 de la Ley General del Trabajo, como tampoco el principio de primacía de realidad, dado que el carácter y naturaleza de la prestación de servicios remunerados en forma porcentual de los demandantes era de carácter civil