CONSIDERANDO II: Que, analizados los fundamentos planteados en el recurso, previo estudio del proceso,
CONSIDERANDO II: Que, analizados los fundamentos planteados en el recurso, previo estudio del proceso, se establece lo siguiente:
En el caso presente, la controversia traída a colación consiste en determinar si corresponde o no el pago de los beneficios sociales demandados por el actor, derechos que fueron reconocidos en la sentencia de primera instancia que declaró probada la demanda, resolución que fue revocada por el tribunal ad quem, con el fundamento de que, si bien el actor suscribió un contrato como Psicólogo, sin embargo, se comprobó que el mismo no contaba con el título profesional correspondiente, hecho que motivó al demandante a presentar el recurso de casación en el fondo, señalando que, en ningún momento atendió ni firmó como Psicólogo, sino, desempeñó sus funciones como Coordinador de orientación familiar
En el caso presente, la controversia traída a colación consiste en determinar si corresponde o no el pago de los beneficios sociales demandados por el actor, derechos que fueron reconocidos en la sentencia de primera instancia que declaró probada la demanda, resolución que fue revocada por el tribunal ad quem, con el fundamento de que, si bien el actor suscribió un contrato como Psicólogo, sin embargo, se comprobó que el mismo no contaba con el título profesional correspondiente, hecho que motivó al demandante a presentar el recurso de casación en el fondo, señalando que, en ningún momento atendió ni firmó como Psicólogo, sino, desempeñó sus funciones como Coordinador de orientación familiar
- Auto Supremo Nº 169/2015-L
- Expediente: SCZ. 571/2010
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero del Trabajo y
- Que, resolviendo la apelación interpuesta por la parte demandada cursante de fs
- Contra la resolución de segunda instancia, el demandante Rady Echeverría Caballero, por memorial de fs
- Que, de acuerdo a las pruebas, el fallo de segunda instancia constituye violación al art
- En este sentido, el tribunal ad quem, al revocar la sentencia de primera instancia vulneró
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el auto de vista por infracción
- A su vez, la Fundación Casa del Almendro, a través de su representante
- CONSIDERANDO II: Que, analizados los fundamentos planteados en el recurso, previo estudio del proceso,
- Referente a la presunta contratación indebida por falta de título en provisión nacional, corresponde puntualizar
- En este sentido, si la parte demandada se percató de que el actor no tenía
- Por lo expuesto precedentemente, corresponde el pago de los derechos reclamados a favor del
- Consiguientemente, siendo evidente las infracciones acusadas en el recurso de casación, corresponde resolver de acuerdo
- Sin multa ni responsabilidad por ser excusable
- En cumplimiento al art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
