Auto Supremo AS/0169/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0169/2015-L

Fecha: 29-Jul-2015

En este sentido, el tribunal ad quem, al revocar la sentencia de primera instancia vulneró

Sobre las declaraciones de los testigos de descargo, señaló que no se analizó las tachas a los mismos por ser trabajadores de la empresa demandada, de conformidad con los arts. 446. 2) y 3) del CPC, tacha que no fue observada, que no se demostró la rebaja de sueldo, lo que demuestra otra interpretación errónea e indebida.
En este sentido, el tribunal ad quem, al revocar la sentencia de primera instancia vulneró los principios jurídicos de los arts. 2, 4 y 7 de la LGT, 48. III de la CPE, al evidenciarse que no se hizo una correcta interpretación y valoración de las pruebas, toda vez que los derechos de los trabajadores de acuerdo a la normativa citada, son irrenunciables y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos