Auto Supremo AS/0169/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0169/2015-L

Fecha: 29-Jul-2015

Referente a la presunta contratación indebida por falta de título en provisión nacional, corresponde puntualizar

Referente a la presunta contratación indebida por falta de título en provisión nacional, corresponde puntualizar que el responsable de dicha contratación o designación es la persona que lo contrató, pues si el actor no cumplía con el perfil requerido para asumir el cargo, se debió realizar esta observación en el momento de su contratación, aspecto que no es atribuible al trabajador, salvo que hubiese presentado documentación fraguada, situación que en el proceso no se ha demostrado, toda vez que conforme determinan los artículos 3. h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, referidos al principio de la inversión de la prueba, en materia social corresponde al empleador desvirtuar los fundamentos de la acción, aspecto que no sucedió en el caso presente