Auto Supremo AS/0190/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0190/2015-L

Fecha: 29-Jul-2015

En merito a lo señalado, el tribunal ad quem, al confirmar la sentencia, incurrió en

En merito a lo señalado, el tribunal ad quem, al confirmar la sentencia, incurrió en violación del art. 122 de la CPE, sin tener en cuenta la nota de fs. 133, en la que consta que, una vez desarmada la chancadora, los actores dejaron de trabajar debido a la destrucción de la máquina de la que son responsables los demandantes, incurriendo en infracción del art. 16. a) de la LGT, al causar perjuicio material, debido a la destrucción de la máquina, que causó enormes perjuicios económicos a la empresa