Auto Supremo AS/0190/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0190/2015-L

Fecha: 29-Jul-2015

Tampoco corresponde el incremento salarial, porque los actores ingresaron a trabajar en abril de 2007,

Tampoco corresponde el incremento salarial, porque los actores ingresaron a trabajar en abril de 2007, con un sueldo de Bs. 4000.- y, los DD. SS. que dictó el Estado sobre este tema, sólo rigen para los dependientes del Estado, no tiene carácter obligatorio para el sector privado, en consecuencia, el pago dispuesto de dicho incremento en favor de los actores no corresponde por tratarse de empleados nuevos, hecho que debe ser considerado por la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del DS Nº 29116 de incremento para el sector público en la gestión 2007, no corresponde al sector privado