CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, previo análisis de los antecedentes, se establece lo
CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, previo análisis de los antecedentes, se establece lo siguiente:
En el caso presente, la parte recurrente cuestiona el auto de vista emitido por el tribunal ad quem, por haber confirmado la sentencia de primera instancia emitida por la juez a quo de 13 de diciembre de 2013 cursante de fs. 101 a 104, en la que la que se declaró improbada la demanda y probada la excepción perentoria de prescripción opuesta por la entidad demandada, manifestando su desacuerdo con la decisión asumida por los juzgadores de instancia, denunciado la violación de los arts. 4 de la LGT, 3.g) del CPT, 46, 48 y 123 de la CPE, y 397 del CPC, con el argumento que de acuerdo a la nueva Constitución Política del Estado, los derechos laborales y beneficios sociales son imprescriptibles
En el caso presente, la parte recurrente cuestiona el auto de vista emitido por el tribunal ad quem, por haber confirmado la sentencia de primera instancia emitida por la juez a quo de 13 de diciembre de 2013 cursante de fs. 101 a 104, en la que la que se declaró improbada la demanda y probada la excepción perentoria de prescripción opuesta por la entidad demandada, manifestando su desacuerdo con la decisión asumida por los juzgadores de instancia, denunciado la violación de los arts. 4 de la LGT, 3.g) del CPT, 46, 48 y 123 de la CPE, y 397 del CPC, con el argumento que de acuerdo a la nueva Constitución Política del Estado, los derechos laborales y beneficios sociales son imprescriptibles
- Auto Supremo Nº 209/2015
- Expediente: SC-CA.SAII-TJA.22/2015
- Distrito: Tarija
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y
- En grado de apelación formulada por el representante legal del demandante (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- En este entendido señaló, que está claramente demostrada la injusticia de los derechos laborales del
- Concluyó manifestando la existencia de error de interpretación en la valoración de la prueba y
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, previo análisis de los antecedentes, se establece lo
- Al respecto, revisados los antecedentes procesales y las pruebas aportadas durante la tramitación de la
- En este contexto, a efectos de realizar el cómputo de la prescripción, se debe tomar
- Por otra parte, respecto a la aplicación de la normativa prevista en los arts
- A ello, corresponde puntualizar que, si bien existe contradicción en cuanto a la prescripción de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
