Auto Supremo AS/0313/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1) Alega que el Tribunal de Sentencia no valoró en su dimensión intrínseca y contundente el informe presentado por el perito del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), Rubén Pastor Gemio Bustillos, quien en base al estudio documentológico y científico llegó a la conclusión indubitable que la firma del fallecido y supuesto vendedor Heráclito Vásquez Gutiérrez no es la suya; por lo que, existen elementos constitutivos de los tipos penales de Falsedad y Uso de Instrumento Falsificado, de lo que es responsable Flora Murillo Murillo, más aún cuando los testigos de cargo en forma uniforme declararon que el precitado nunca vendió la alícuota parte del bien inmueble ubicado en calle Antonio Gallardo 514 de la ciudad de La Paz. Vulneración del art. 209 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que fue avalado por el Tribunal de alzada, infringiendo así el art. 370 incs. 1), 5) y 6) del mismo cuerpo legal; haciendo valer en forma errónea un peritaje presentado por la parte acusada