Refiere que el Auto de Vista no aplicó correctamente lo previsto en el art
IV.1. Recurso de casación de Román Laura Mamani.
Refiere que el Auto de Vista no aplicó correctamente lo previsto en el art. 15 de la LOJ, porque: a) El proceso se radicó un año atrás en el despacho de los magistrados; b) Se infringió el principio de celeridad vulnerando el art. 418 del CPP debido a las suspensiones injustificadas; c) No se leyó ni se revisó de manera íntegra las audiencias de juicio oral; por lo que, no se obró conforme a derecho vulnerando todos los incisos del art. 370, además del 124 del CPP; d) Se infringió el art. 370 inc. 1) del CPP; e) A la Sentencia le falta una correcta enunciación del hecho; f) Textual: “Se vulneró el inciso 4)” porque no se dio lectura integra las pruebas; así como la infracción del art. 370 inc. 6) del CPP en el juicio, solo se leyó las partes pertinentes; por lo cual, no se cumplió con los principios elementales de la introducción de la prueba vulnerando el derecho a la defensa y al debido proceso; g) Se infringió el inc. 5) porque existe contradicción entre la fundamentación fáctica que solo hace referencia en forma corta a las posibilidades que hubiere cometido los ilícitos de los cuales se acusa, hecho que se contradice con la fundamentación probatoria descriptiva e intelectiva concluyendo en una mala fundamentación jurídica que no condice con la fundamentación fáctica; por lo que, el Tribunal de alzada incumplió con lo previsto en el at. 15 de la LOJ
- Por memoriales presentados el 24 y 27 de abril de 2010, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista el 21 de abril de
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- II.2 Recurso de casación de Benjamín Ayala Cussi
- Con relación a la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 97 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
- Refiere que el Auto de Vista no aplicó correctamente lo previsto en el art
- IV.2 Recurso de casación de Benjamín Ayala Cussi
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
