De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:
a) En merito a la acusación particular presentado por Jorge Américo Zapata Eyzaguirre (fs. 2 a 7), una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Juzgado Tercero de Sentencia de la ciudad de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 19/2009 de 28 de septiembre (fs. 174 a 179), por la que declaró a Tomás Colque Cabrera y Cristina Ayala de Colque, autores y culpables de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, condenándoles a la pena privativa de libertad de tres años que deberán cumplir en el Penal de San Pedro de varones y en el Centro de Orientación de Miraflores de mujeres, ambos de la ciudad de La Paz, con costas y la reparación de los daños. Por otro lado, se les otorgó el beneficio de la suspensión condicional de la pena
- Por memorial presentado el 19 de junio de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista el 14 de junio de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) La valoración que se debió otorgar a su prueba se encuentra establecida en el
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
- Con relación al primer motivo, los recurrentes señalan que cuentan con el derecho propietario sobre
- Al respecto se debe tener en cuenta que los recurrentes al tiempo de interponer su
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
