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    Auto Supremo AS/0332/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0332/2015-RA-L

    Fecha: 06-Jul-2015

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    • De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
    • c) Notificado los recurrentes con el referido Auto de Vista el 27 de julio de
    • De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 2) El Auto de Vista señaló que no habrían hecho reserva de apelación respecto de
    • 3) Refirió que La Sentencia no consignó las pruebas MP-14, MP-15, MP-16 y MP-17; empero,
    • 4) El Auto de Vista Complementario está viciado de nulidad e incurre en actividad procesal
    • 5) El Auto de Vista sustentó que no se cumplió con los requisitos establecidos por
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
    • Con relación al primer motivo, Refiere que de la argumentación del Auto de Vista existen
    • Al respecto se debe tener en cuenta que los recurrentes cumplieron con el requisito de
    • Por otro lado, a tiempo de fundamentar la vulneración del debido proceso, el principio de
    • Respecto del segundo y tercer motivo en el que denunciaron: a) El Auto de Vista
    • b) Refirió que La Sentencia no consignó las pruebas MP-14, MP-15, MP-16 y MP-17;
    • Con relación a estos motivos, no señalaron precedente contradictorio alguno relacionado a la temática planteada;
    • En cuanto al cuarto motivo, referido a que el Auto de Vista Complementario está viciado
    • Al respecto, los recurrentes por intermedio del recurso de casación pretenden plantear un incidente de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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