De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista el 24 de agosto de 2010 (fs. 1225), interpuso recurso de casación el 28 del mismo mes y año, el cual es objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) La existencia de defecto absoluto en la resolución de su excepción de la extinción penal por prescripción, refiriendo que su proceso se inició antes a las modificaciones al CP, en cuanto a los delitos de corrupción; por lo tanto, el Tribunal de alzada al rechazar su apelación señalando que el imputado es procesado por delitos de corrupción, vulneró lo establecido en la actual Constitución Política del Estado (CPE), que dispone que la ley solo se aplica para lo venidero y que la única posibilidad de aplicación retroactiva es cuando esta beneficia el imputado, incurriendo también en incongruencia y violación a la reforma in peius, pues con dicha afirmación agravó su situación jurídica
- Por memorial presentado el 28 de agosto de 2010, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Rafael López Méndez, interpuso recurso de apelación restringida
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto del primer motivo de casación referido a la existencia de defecto absoluto en la
- Del motivo alegado se establece que el recurrente pretende la consideración y pronunciamiento de un
- Al segundo motivo, en el que se denuncia la injustificada negativa a su prueba de
- De la verificación del motivo alegado y los precedentes contradictorios invocados se debe tener presente
- En cuanto a la cita de Sentencias Constitucionales por parte del recurrente se tiene que
- Finalmente, conforme a las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, mismas que no pueden
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
