a) En mérito a la acusaciones pública (fs
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
a) En mérito a la acusaciones pública (fs. 22 a 28) y particular presentada por Remigio Mérida Rosa (fs. 368 a 369), una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Tribunal de Sentencia de Buena Vista, provincia Ichilo del departamento de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 43/09 de 5 de diciembre de 2009 (fs. 560 a 569 vta.), por la que declaró a los imputados, Pura Surubi Cesari, Joaquín Brito Justiniano, Emiliana Tenorio Gutiérrez, Gabriel Arauz Ortiz, Laimen Guzmán Zeballos, Wilma Yucra Claure y Paulina Céspedes de Torrico, autores y culpables de la comisión del delito de Lesiones Graves, previsto y sancionado por el art. 271 primera parte del CP; imponiéndoles la pena privativa de libertad de tres años y dos meses a cumplir en el Centro de Rehabilitación de Santa Cruz (cárcel de Palmasola), de la ciudad de Santa Cruz, más el pago de una multa de Bs. 1.000.- (un mil bolivianos) a cada uno, correspondiente a 200 días a razón de Bs5.- (cinco bolivianos) por día; y, el pago de costas y gastos ocasionados al Estado en la sustanciación del juicio, calificados en las suma de Bs. 300.- (trescientos bolivianos); asimismo, Pablo Hurtado Macoño se lo absolvió por el mismo delito
- Por memorial presentado el 21 de mayo de 2010, cursante de fs
- a) En mérito a la acusaciones pública (fs
- b) Contra la referida Sentencia, los imputados Joaquín Brito Justiniano, Gabriel Arauz Ortiz, Laimen Guzmán
- c) Notificados los apelantes con el Auto de Vista el 17 de mayo de 2010
- De la revisión recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En cuando a las omisiones de fondo, señalan que se violó el art
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al primer motivo, referido la supuesta falta de valoración y respuesta al punto
- A lo señalado corresponde añadir que la denuncia realizada en este punto se centra en
- En el segundo de los motivos denunciados, alegan los recurrentes una serie de reclamos de
- A más de lo señalado, corresponde señalar que, conforme establece la normativa que regula los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
