Auto Supremo AS/0355/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0355/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

En cuando a las omisiones de fondo, señalan que se violó el art


En cuando a las omisiones de fondo, señalan que se violó el art. 11 inc. 1) del CP; por lo que, se denegó al azar la “excepción” pese a existir impedimento legal para la prosecución del proceso; por cuanto, Pablo Hurtado Macoño al ver que el querellante pretendía matarlo con un hacha, utilizó un simple bejuco y lo azotó en los brazos, para que suelte el instrumento que tenía en sus manos; el art. 12 incs. 1) y 2) del CP; toda vez, que sus personas están exentas de responsabilidad penal, dado que quien se auto defendió fue Pablo Hurtado Macoño; el art. 17 del CP, porque el precitado al sentirse ofuscado por grave perturbación de la conciencia e inteligencia como para no comprender la antijuricidad de la supuesta acción, azotó en los brazos al querellante; art. 16 incs. 1) y 2) primera parte del CP, por no haberse considerado con valor legal del art. 17 del mismo cuerpo legal; y, art. 9 inc. 2) primera parte del CP, porque ellos solamente impidieron que se perpetre el delito de asesinado en la persona de Pablo Hurtado Macoño por parte de Remigio Mérida Rosa