Auto Supremo AS/0355/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0355/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


Finalmente, con relación a la mera alegación de vulneración del art. 370 inc. 8) del CPP, basando dicha denuncia en que no se hizo referencia al número de fojas en la que se fundó el Auto de Vista; el impugnante no explica de qué forma dicha omisión provocaría una contradicción entre la parte dispositiva o entre ésta y la considerativa, omitiendo además de ello precisar de qué forma dicho extremo vulnera derechos o garantías, y menos explicar la trascendencia de la supuesta vulneración. Por lo que, el segundo motivo deviene en inadmisible.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE, el recurso de casación interpuesto por Laimen Guzmán Zeballos, Gabriel Arauz Ortiz, Joaquín Brito Justiniano, Pura Surubi Cesari, Emiliana Tenorio Gutiérrez, Willma Yucra Claure y Paulina Céspedes de Torrico, cursante de fs. 641 a 642 vta