Auto Supremo AS/0384/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0384/2015-RA-L

Fecha: 22-Jul-2015

El art


Finalmente, en el otrosí del recurso, como precedentes cita los Autos Supremos “8 de 26-01-07, 297 de 25-08-06, A.V. Nº 377 de 01-09-03 y A.S. de 23-06-04” (sic), para los motivos primero, segundo y tercero; “A.V. Nº 470 de 18-06-07” (sic), para el cuarto; Sentencia 017 de 25-05-05 y A.V. Nº 281 de 10-10-05” (sic), para el quinto; y, los Autos Supremos 433 de 11-10-06, para todos los puntos recurridos y “Res.221 de 12-10-07 emitido por la Sala Penal Tercera a consecuencia del Auto Supremo 437 de 24-08-07” (sic).

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP