De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece:
a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 37/2013 de 5 de diciembre (fs. 298 a 302), el Juez Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Pamela Luisa Laura Carvajal, autora de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado en el art. 48 con relación al 33 inc. ll) de la Ley 1008, condenándola a la pena de diez años de presidio, más mil días de multa a razón de Bs. 1.- por día y costas a favor del Estado
- Por memorial presentado el 17 de noviembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Pamela Luisa Laura Carvajal, formuló recurso de
- c) El 10 de noviembre de 2014 (fs
- La recurrente previa relación de antecedentes y bajo el epígrafe “INOBSERVANCIA Y ERRONEA APLICACIÓN DE
- 2) Arguye que la Sentencia se funda en una supuesta flagrancia, sin base
- 3) Manifiesta que fue sentenciada como autora, cuando los hechos sugieren a
- 4) Finalmente expresa que, en la parte resolutiva del Auto de Vista impugnado,
- El art
- 42 de LOJ, que establece entre otras atribuciones de las Salas especializadas de éste Tribunal,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 10 de noviembre de 2014, la
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos previstos por los arts
- Respecto a los motivos segundo y tercero, también reproducidos íntegramente del recurso de apelación
- Con relación al cuarto motivo, el recurrente en referencia a la parte dispositiva del Auto
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
