Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a formular una simple denuncia de actividad procesal defectuosa sin la debida fundamentación; por el contrario, en este tipo de situaciones, la parte recurrente deberá formular las denuncias vinculadas a la existencia de defectos absolutos, teniendo como obligación el proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso, detallar con precisión la restricción o disminución del derecho o garantía, precisando el mismo y finalmente explicar el resultado dañoso emergente del defecto, así como las consecuencias procesales cuya relevancia tenga connotaciones de orden constitucional
- Por memorial presentado el 17 de noviembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Pamela Luisa Laura Carvajal, formuló recurso de
- c) El 10 de noviembre de 2014 (fs
- La recurrente previa relación de antecedentes y bajo el epígrafe “INOBSERVANCIA Y ERRONEA APLICACIÓN DE
- 2) Arguye que la Sentencia se funda en una supuesta flagrancia, sin base
- 3) Manifiesta que fue sentenciada como autora, cuando los hechos sugieren a
- 4) Finalmente expresa que, en la parte resolutiva del Auto de Vista impugnado,
- El art
- 42 de LOJ, que establece entre otras atribuciones de las Salas especializadas de éste Tribunal,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 10 de noviembre de 2014, la
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos previstos por los arts
- Respecto a los motivos segundo y tercero, también reproducidos íntegramente del recurso de apelación
- Con relación al cuarto motivo, el recurrente en referencia a la parte dispositiva del Auto
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
