Auto Supremo AS/0482/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0482/2015

Fecha: 10-Jul-2015

Por otra parte, y si bien el fallo de primera instancia refiere la falta oportuna

Por otra parte, y si bien el fallo de primera instancia refiere la falta oportuna de pago de sueldos y salarios al actor, sin embargo, dada la conclusión de hecho a la cual se arribó en el punto precedente, la consideración de la falta oportuna de pago de sueldos y salarios como causal de despido indirecto, es irrelevante en el caso que se analiza, por cuanto quedó demostrado que el despido fue intempestivo y no atribuible al trabajador, por lo que la disposición de pago de desahucio se hace correcta, en aplicación al art. 12 de la LGT