En grado de apelación deducido por la Empresa Constructora Concordia S
I.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducido por la Empresa Constructora Concordia S.A. (192 a 193), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 240/2014 de 19 de diciembre (fs. 203 y vta.), confirmó la Sentencia Nº 122/2014 de 20 de junio
En grado de apelación deducido por la Empresa Constructora Concordia S.A. (192 a 193), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 240/2014 de 19 de diciembre (fs. 203 y vta.), confirmó la Sentencia Nº 122/2014 de 20 de junio
- Demandado: Empresa Constructora Concordia S.A
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación deducido por la Empresa Constructora Concordia S
- El Auto de Vista mencionado, motivó el recurso de casación de fs
- Indica que, en la valoración de la prueba un documento vale más que declaración testifical,
- Concluyó solicitando se anule obrados hasta que se resuelva conforme a derecho la correspondiente Sentencia
- Por otra parte, los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma",
- En la especie, el escueto contenido del recurso de casación de fs
- Finalmente corresponde establecer que, la simple relación expuesta, no sustituye a la fundamentación que deben
- En consecuencia, al no haber cumplido la Empresa recurrente con la carga legal prevista en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario del profesional abogado del demandante en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
