Auto Supremo AS/0500/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0500/2015

Fecha: 02-Jul-2015

Tiendo en claro los parámetros bajo los cuales ha de otorgarse una nulidad de obrados,

Tiendo en claro los parámetros bajo los cuales ha de otorgarse una nulidad de obrados, en el caso en cuestión, en cuanto al primer tópico, el referente a que se hubiese vulnerado su derecho a la defensa, no por haberse aperturado el periodo probatorio en segunda instancia, siendo este el tema central corresponde con carácter previo citar el art. 233 del Código de Procedimiento Civil norma que en cuanto a la posibilidad de apertura de un periodo probatorio, de manera textual reza: “I. El juez o tribunal podrá abrir, un plazo probatorio no mayor de veinte días en los casos siguientes:
1) Cuando las partes lo pidieren de común acuerdo