De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
c) El 21 de mayo y 9 de junio de 2015 (fs. 579 y 580), fueron notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista y el 28 de mayo y 16 de junio del mismo año, interpusieron recuso de casación.
II. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos:
II.1. Recurso de Casación de Juan Negretty Poma
El recurrente acusa, que no es evidente la afirmación de los Vocales de la Sala Penal II, en sentido que la Sentencia carece de fundamentación intelectiva y jurídica, cuando en su considerando V contiene la valoración de todas y cada una de las pruebas producidas durante la sustanciación del juicio oral, señalando que la Resolución anulada contiene todos los requisitos que debe contener una sentencia, como son la fundamentación fáctica, fundamentación probatoria, fundamentación intelectiva y la fundamentación jurídica, que derivó en la condena de los acusados, señala además que existe una verdad que no puede ser negada, finalmente indica que el Tribunal de apelación tiene la facultad de complementar la fundamentación de manera directa sin necesidad de anular la Sentencia de conformidad al art. 414 del Código de Procedimiento Penal (CPP); cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 344 de 15 de junio de 2011, 356 de 4 de julio de 2011, 067/2013-RRC de 11 de marzo, 179/2013-RRC de 27 de junio
- Por memoriales presentados el 28 de mayo y 16 de junio ambos de 2015, cursantes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Isidoro Escobar Coaquira (fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 21 de mayo y 9 de
- IV. 1 Del recurso de casación de Juan Negretty Poma
- Se observa que, el recurrente señala que no es evidente la afirmación de los Vocales
- En cuanto al motivo de casación y los precedentes contradictorios invocados se tiene que el
- Las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio ni
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
