Por lo notado, se resuelve el recurso dando aplicación a las previsiones normativas contempladas en
Por lo anotado, y sin ingresar a considerar el fondo de la cuestión última anotada, siendo que la entidad recurrente no apeló la cuestión hoy traída a casación, se hace aplicable la previsión contenida en el art. 262.2 del Adjetivo Civil, por permisión del art. 252 del CPT, de modo que éste Tribunal se encuentra material y formalmente impedida de realizar cualquier correctivo al fallo recurrido, por cuanto el de Alzada no emitió pronunciamiento alguno respecto a dicha cuestión, al no haber sido apelada.
Por lo notado, se resuelve el recurso dando aplicación a las previsiones normativas contempladas en el art. 271.1 del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT
Por lo notado, se resuelve el recurso dando aplicación a las previsiones normativas contempladas en el art. 271.1 del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT
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- Por lo notado, se resuelve el recurso dando aplicación a las previsiones normativas contempladas en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
