De la revisión del recurso de casación, se extraen como motivos los siguientes
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen como motivos los siguientes:
1) El Auto de Vista 010 de 15 de abril de 2015, se fundó exclusivamente en los puntos resueltos y considerados como doctrina legal vinculante en el Auto Supremo 550/2014-RRC de 15 de abril, dictado dentro de este mismo proceso, sin considerar ni realizar un control de legalidad y coherencia de la Sentencia sobre los puntos establecidos en la apelación restringida, específicamente respecto a la denuncia de prueba ilegalmente incorporada al proceso por no cumplir las formalidades legales, sobre la que gravitó la decisión del Tribunal de mérito; y por la que, adquirió convicción de su presunta participación en el hecho ilícito que le fue atribuido; por cuanto, a tiempo de transcribir parte del contenido del citado Auto Supremo, que efectuó el análisis respecto a la prueba “PE1”, denuncia que carece de coherencia interna y externa, al contradecirse en la aplicación del principio acusatorio, violando flagrantemente los principios constitucionales y básicos del derecho penal acusatorio que rige la legislación nacional, al ser inadmisible en el ordenamiento jurídico constitucional y penal la inversión de prueba en materia penal, ya que, quien acusa debe demostrar lo aseverado y no puede constituir prueba plena la declaración o información del acusador
- Por memorial presentado el 30 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La mencionada Sentencia fue objeto de apelación restringida por parte del imputado Raúl René
- c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista el 23 de junio de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen como motivos los siguientes
- Al efecto, asegura que el razonamiento del Tribunal Supremo sobre el valor probatorio de la
- 2) Con relación a la denuncia de existencia del defecto previsto en el art
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme se tiene señalado, el recurrente fue notificado con el Auto de Vista recurrido el
- Antes de ingresar al análisis de fondo de los motivos expuestos en casación, es preciso
- Por lo expuesto, al evidenciarse un claro incumplimiento de la carga procesal argumentativa respecto a
- Con relación al segundo motivo, se advierte que el recurrente de forma contradictoria afirma por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
