Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de
Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba en fecha 22 de Marzo de 2010, cursante a fs. 189 a 190, pronunció Auto de Vista donde confirma la Sentencia, en contra de esta Resolución los recurrentes interpusieron el recurso de casación en el fondo
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Sentencia de primera instancia Luis Fernando Martínez Camacho Ávila y María Luisa Claros
- Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de
- De la lectura del recurso se rescatan los siguientes agravios
- Que, existe aplicación totalmente ilegal, errónea e indebida del art
- Previamente antes de ingresar a considerar el recurso, es necesario puntualizar que en el recurso
- En nuestra legislación de conformidad al art
- Ahora bien de conformidad al art
- En el caso presente los recurrentes alegan que se ha interpretado erróneamente y se ha
- De lo anterior se advierte que al haber realizado las citas de dichas normas por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
