Auto Supremo AS/0529/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0529/2015

Fecha: 10-Jul-2015

De lo anterior se advierte que al haber realizado las citas de dichas normas por

De lo anterior se advierte que al haber realizado las citas de dichas normas por el Tribunal de alzada no quiere decir que exista interpretación errónea y aplicación indebida de las normas citadas, ya que como se dijo se demando la nulidad de documento de anticresis, demanda que es imprescriptible, en consecuencia no se advierte que se hubiera incurrido en interpretación errónea y aplicación indebida de los articulados invocados por los recurrentes, por lo que corresponde emitir Resolución en la forma establecida por el art. 271 num. 2) y 273 ambos del Código de Procedimiento Civil