Auto Supremo AS/0529/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0529/2015

Fecha: 10-Jul-2015

De la lectura del recurso se rescatan los siguientes agravios

CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
De la lectura del recurso se rescatan los siguientes agravios:
1.- Que, el Auto de Vista recurrido, interpreta erróneamente y aplica indebidamente el art. 1505 del Código Civil porque nunca le han reconocido a cobrarles, que desde su primer memorial han negado expresamente y que en las líneas 23 y 24 de su contestación decían que ha perdido personería para interponer la presente acción, ya que ha desparecido el objeto del contrato de anticresis, pretendiendo el pago de un capital inexistente y que en su caso prescribió por lo establecido en el art. 1507 del Código Civil