CONSIDERANDO I:
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 163 a 165 vta., interpuesto por Javier Fuentes Quiñones, en su condición de tutor Ad litem de José Fernando Fuentes Quiñones, contra el Auto de Vista registrado bajo la partida Nº 87 de 07 de abril de 2010, cursante de fs. 158 a 159 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera de la ex Corte Superior de Justicia del Departamento de Cochabamba, en el proceso ordinario de Declaración de Interdicción, seguido por María Julieta Fuentes Quiñones contra José Fernando Fuentes Quiñones, el Auto de concesión del recurso de fs. 169, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez Segundo de Partido de Familia de la ciudad de Cochabamba, pronunció la Sentencia registrada bajo la partida Nº 171 de fecha 27 de mayo de 2008, cursante de fs. 139 a 141 vta., por la que declaró probada la demanda, en cuyo mérito determinó la interdicción de José Fernando Fuentes Quiñones, designando como su tutor a la actora María Julieta Fuentes Quiñones.
Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por Javier Fuentes Quiñones, mediante memorial de fs. 144 a 145 vta., a cuya consecuencia la Sala Civil Primera de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba mediante Auto de Vista registrado bajo la partida Nº 87 de 07 de abril de 2010, cursante de fs. 158 a 159 vta., confirmó la Sentencia de primer grado.
Ultima Resolución que dio lugar a la interposición del recurso de casación en el fondo presentado por Javier Fuentes Quiñones, que es motivo de autos
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez Segundo de Partido de Familia de la ciudad de Cochabamba, pronunció la Sentencia registrada bajo la partida Nº 171 de fecha 27 de mayo de 2008, cursante de fs. 139 a 141 vta., por la que declaró probada la demanda, en cuyo mérito determinó la interdicción de José Fernando Fuentes Quiñones, designando como su tutor a la actora María Julieta Fuentes Quiñones.
Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por Javier Fuentes Quiñones, mediante memorial de fs. 144 a 145 vta., a cuya consecuencia la Sala Civil Primera de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba mediante Auto de Vista registrado bajo la partida Nº 87 de 07 de abril de 2010, cursante de fs. 158 a 159 vta., confirmó la Sentencia de primer grado.
Ultima Resolución que dio lugar a la interposición del recurso de casación en el fondo presentado por Javier Fuentes Quiñones, que es motivo de autos
- Proceso: Declaración de Interdicción
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I:
- CONSIDERANDO II:
- Resultando este el tema en debate corresponde previamente realizar las siguientes consideraciones
- Teniendo en claro este antecedente en el sub lite como se hizo alusión supra
- De lo que se concluye que la designación de tutor, al no causar estado no
- Por todo lo expuesto este Tribunal Supremo de Justicia falla en la forma prevista por
- No se regula honorarios por no existir respuesta al recurso de casación
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
