La recurrente interpone el recurso de casación sin especificar si el mismo es, en la
Contra esta Resolución de primera instancia Edwin Edgar Mamani Condori interpuso recurso de apelación, en conocimiento del mencionado recurso la Sala Civil Segunda de la respetable Corte Superior de Oruro pronunció Auto de Vista Nº 032/2010 por el cual anuló la Sentencia, debiendo el Juez de la causa dicta otra conforme a derecho dentro del marco de congruencia y velando principalmente por el bienestar de la menor. Sin responsabilidad por ser excusable.
Contra esta Resolución de Vista Felipa Mamani Marca, interpuso recurso de casación el mismo que se analiza:
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
La recurrente interpone el recurso de casación sin especificar si el mismo es, en la forma o en el fondo, argumentando lo siguiente:
Hace una narración de hechos que hubieran acontecido entre el demandante y la demandada, en la policía donde el demandante le agredió físicamente y psicológicamente donde le amenazó con quitarle a su hija y que luego se enteró de este proceso. Posteriormente manifiesta que presentó un incidente de nulidad por la forma indebida en la que se le notificó, porque se le citó en un domicilio que no era el suyo, sin embargo el incidente fue rechazado, interpuesta la apelación el mismo se confirmó por el de Alzada
Contra esta Resolución de Vista Felipa Mamani Marca, interpuso recurso de casación el mismo que se analiza:
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
La recurrente interpone el recurso de casación sin especificar si el mismo es, en la forma o en el fondo, argumentando lo siguiente:
Hace una narración de hechos que hubieran acontecido entre el demandante y la demandada, en la policía donde el demandante le agredió físicamente y psicológicamente donde le amenazó con quitarle a su hija y que luego se enteró de este proceso. Posteriormente manifiesta que presentó un incidente de nulidad por la forma indebida en la que se le notificó, porque se le citó en un domicilio que no era el suyo, sin embargo el incidente fue rechazado, interpuesta la apelación el mismo se confirmó por el de Alzada
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- La recurrente interpone el recurso de casación sin especificar si el mismo es, en la
- Luego indica que la Sentencia es incoherente puesto que se instaura un proceso de tenencia
- Continúa relatando que presenta el demandante un informe migratorio de las salidas que realiza a
- Aclara también que lo único que pretende el demandante es una ruptura afectiva de la
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- También es importante señalar, que existen principios que rigen las nulidades procesales, así tenemos por
- Al margen de lo expresado en el caso de Autos es conveniente recordar en virtud
- En el caso de Autos Edwin Edgar Mamani Condori interpone demanda de tenencia y guarda
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
