ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 147, de obrados, interpuesto por Faustino Mojica Villagómez contra el Auto de Vista Nº 417/2008 de 29 de agosto de 2008, cursante de fs. 144 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de Santa Cruz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), dentro el proceso de Devolución de Mejoras y Pago de Daños y Perjuicios seguido por Faustino Mojica Villagómez contra Irma Padilla Pardo y otra, la respuesta de fs. 150 a 151, concesión de fs. 152, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital – Santa Cruz, mediante Auto de 28 de Septiembre de 2007 de fs. 121 y vta., declaró: PROBADA la Excepción de COSA JUZGADA, planteada por la Irma Padilla Pardo
- Partes: Faustino Mojica Villagómez. c/ Irma Padilla Pardo Ingrid Saldias Padilla
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En consecuencia como emergencia de la presente resolución, se dispone el levantamiento de todas las
- Deducida la apelación por el demandante y remitida la misma ante la instancia competente, la
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, el demandante interpuso recurso de casación, mismo
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Consiguientemente solicitan que deliberando en sala plena sabrán anular obrados hasta el vicio
- De la revisión del recurso de casación, se tiene que el recurrente estima como única
- Con relación al Segundo y tercer presupuesto sobre la identidad del objeto y la causa
- Por lo que, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda Rita Susana Nava Duran
- Ante mi Fdo. Dr. Gonzalo Rojas Segales
- Registrado en el libro de Tomas de Razón: Sexto
