Auto Supremo AS/0563/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0563/2015-L

Fecha: 15-Jul-2015

En el caso que nos ocupa, de lo señalado se evidencia que los de instancia

De igual manera el Auto de Vista en fs. 265 y vta., en el Considerando III inciso 3) refiere: “Que de otro lado el reconvencionista Emilio Bernal Solares ha incumplido con la carga establecida por los Arts. 1283 del Código Civil y 375 del Procedimiento Civil, por cuanto las declaraciones testificales de descargo argüidas por el apelante no demuestran el daño moral que aduce haber sufrido el demandado reconvencionista, menos se demuestra el daño cuantificado en $us. 30.000 (Treinta mil 00/100 dólares americanos) por cuanto no existe la prueba pertinente para dicho fin”.
En el caso que nos ocupa, de lo señalado se evidencia que los de instancia han tomado en cuenta en todo su contexto la prueba reclamada y al margen no refiere cual debió ser el real entendimiento del medio probatorio, por lo que no resulta evidente su acusación, deviniendo la misma en infundada