Al respecto cabe señalar que la parte recurrente en su apelación se ha centrado
Al respecto cabe señalar que la parte recurrente en su apelación se ha centrado en atacar la Resolución en mérito de la cuantía, donde su petitorio de manera expresa es por la revisión y anulación de todo el proceso enmarcándose el Auto de Vista a resolver este agravio, no habiendo impugnando cuestiones de fondo que nunca fueron objeto de pronunciamiento por el tribunal de alzada, los cuales son recién traídas a esta etapa casacional, por lo que lógicamente no fue considerado por el Tribunal de Alzada, quien se encontraba limitado a lo dispuesto por el art. 236 del Código de Procedimiento Civil
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- La recurrente expone como infracciones la no consideración sobre las mejoras hechas en el terreno
- En tanto en el presente recurso trae agravios nuevos como fundamentos para lograr una modificación
- Al respecto cabe señalar que la parte recurrente en su apelación se ha centrado
- Por lo expuesto corresponde emitir fallo conforme a los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
