DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
Resolución que es apelada por Pedro Alba Villarroel y Nemecia Flores de Alba, mediante escrito de fs. 121 y vta., que merece Auto de Vista REG/S.CII/RR/ASEN.101/20.10.2010 de 20 de octubre de 2010, cursante en fs. 133, que CONFIRMA la Sentencia apelada de fs. 114 a 117 y vta. Resolución de alzada que es recurrida de casación por la parte demandante, que obtiene el presente análisis.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Del contenido del recurso de Casación en el Fondo, se establecen los siguientes puntos:
La recurrente refiere que si bien el inmueble objeto de la Litis, habría sido adquirido por su esposo poco antes de su matrimonio, sin embargo fue conjuntamente su persona (esposa) que habrían realizado todas las mejoras en el lote del hijo mientras éste se encontraba ausente trabajando por el departamento de La Paz, corroborando lo expresado con la prueba testifical, de donde se evidenciaría que las mejoras hechas son bienes comunes, por ello la venta realizada en favor de su hijo debió llevar su consentimiento, que por ese requisito elemental, el Auto de Vista de 20 de octubre de 2010 contendría violación y aplicación indebida de la Ley
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Del contenido del recurso de Casación en el Fondo, se establecen los siguientes puntos:
La recurrente refiere que si bien el inmueble objeto de la Litis, habría sido adquirido por su esposo poco antes de su matrimonio, sin embargo fue conjuntamente su persona (esposa) que habrían realizado todas las mejoras en el lote del hijo mientras éste se encontraba ausente trabajando por el departamento de La Paz, corroborando lo expresado con la prueba testifical, de donde se evidenciaría que las mejoras hechas son bienes comunes, por ello la venta realizada en favor de su hijo debió llevar su consentimiento, que por ese requisito elemental, el Auto de Vista de 20 de octubre de 2010 contendría violación y aplicación indebida de la Ley
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- La recurrente expone como infracciones la no consideración sobre las mejoras hechas en el terreno
- En tanto en el presente recurso trae agravios nuevos como fundamentos para lograr una modificación
- Al respecto cabe señalar que la parte recurrente en su apelación se ha centrado
- Por lo expuesto corresponde emitir fallo conforme a los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
