Auto Supremo AS/0579/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0579/2015-L

Fecha: 27-Jul-2015

Por otra parte corresponde citar el principio de conservación de los actos procesales, por el

Por otra parte corresponde citar el principio de conservación de los actos procesales, por el que se entiende que no hay nulidad si al instar la reparación del vicio procesal y reencaminado el proceso ya no llegará a influir en el sentido de la resolución o en las consecuencias del acto procesal viciado, principio que de acuerdo a criterio de Roberto Berizonce es aquel que consagra la conveniencia de preservar la eficacia o la validez de los actos frente a la posibilidad de anulación o pérdida, lo que llevaría a un resultado disvalioso para el proceso