Auto Supremo AS/0591/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0591/2015-L

Fecha: 28-Jul-2015

De donde se infiere que el antecedente dominial irregular de los ahora recurrentes se remite

Sin embargo, en relación a esta segunda transferencia, de obrados se conoce que son los dirigentes del “Sindicato de Transportistas Al Altiplano Norte Sector Puerto Acosta” (Pedro Quelali, Juan Huanto y Antonio Flores F., Secretario de Relaciones, de Hacienda y de Organización, respectivamente), quienes luego de haber trascurrido 25 años de la “primera” adjudicación realizada y sin considerar que fue el propio Sindicato de Transportistas Al Altiplano Sector Puerto Acosta S.T.A. quien hubo adquirido el bien inmueble ahora en litigio en representación de Luís Paredes Moreno (esposo de la ahora demandada), entre otros, y sin que exista sentencia ejecutoriada que establezca la ineficacia del primer título traslativo de dominio que se encuentra debidamente inscrito en la Oficina de Derechos Reales, por lo mismo con los efectos jurídicos que establecen los arts. 14 de la Ley de Inscripción de Derechos Reales y 1538.I del Código Civil; considerando bien vacante al bien inmueble ahora objeto de litigio, sin respaldo legal alguno, ni facultad o atribución que ampare dicho acto, quienes mediante Escritura Publica Nº 206/98 de fecha 18 de febrero de 1998, y de manera irregular “nuevamente” adjudican dicha propiedad esta vez en favor de Justo Monasterios M. (ex dirigente del mismo Sindicato, fs. 109 a 114), inscribiendo de ésta manera este último su “presunta” titularidad en el registro de Derechos Reales en fecha 25 de agosto de 1999 (fs. 1); con éste irregular antecedente dominial mediante Escritura Pública Nº 376, de fecha 26 de junio de 2002 (fs. 2-4), Justo Monasterios Machicado a través de su apoderado transfiere el mismo bien inmueble precedentemente referido a los ahora demandantes Richard Emilio Pinto Flores, Milenca Bernardina Pinto Flores y Froilán Humberto Pinto Flores, quienes a su vez registran su derecho propietario en la oficina de Derechos Reales en fecha 10 de julio de 2002, conforme se evidencia de la Matricula Nº 2.01.4.01.0014946 (fs.1).
De donde se infiere que el antecedente dominial irregular de los ahora recurrentes se remite a la titularidad presuntamente adquirida por Justo Monasterios M. del “Sindicato de Transportistas Altiplano Norte Sector Puerto Acosta (Pedro Quelali, Juan Huanto y Antonio Flores F.), empero su registro en Derechos Reales data de fecha 25 de agosto de 1999, es decir que es con posterioridad al de la parte demandada, porque el extinto Luís Paredes Moreno hubo registrado su titularidad en la Oficina de Derechos Reales en fecha 20 de diciembre de 1971