Auto Supremo AS/0591/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0591/2015-L

Fecha: 28-Jul-2015

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución en la forma prevista en el art. 271 num. 2), y 273 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los Arts. 271 núm. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 179 a 182 y vta., interpuesto por Fidel Humberto Pinto Gonzáles por Richard Emilio Pinto Flores, Milenca Bernardina Pinto Flores y Froilán Humberto Pinto Flores, que recurren del Auto de Vista Nº 166, de fecha 12 de mayo de 2010 de fs. 174 a 175, pronunciado por la Sala Civil Primera de la ex Corte Superior de Justicia de La Paz. Sin costas por no existir contestación