Auto Supremo AS/0592/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0592/2015-L

Fecha: 28-Jul-2015

Ahora bien, si realmente la autoridad cree que no tiene personería para ser demandado, pues

Ahora bien, si realmente la autoridad cree que no tiene personería para ser demandado, pues debería declarar uniformemente que tampoco tiene derecho para reclamar nada sobre los contratos suscritos entre su persona y Jorge Córdoba Cerruto ni sobre los bienes que se hayan dispuesto a su favor, lo cual no han querido aclarar ni definir en el presente asunto